32 Pero entonces se levantó Simón para combatir por su nación y
gastó mucha hacienda propia en armar las tropas de su nación y pagarles la
soldada.
33 Fortificó las ciudades de Judea y Bet Sur, ciudad fronteriza de
Judea, donde se encontraban antes las armas de los enemigos, y puso en ella
una guarnición de guerreros judíos.
34 Fortificó Joppe, situada junto al mar, y Gázara, en los límites de
Azoto, donde habitaban anteriormente los enemigos, y estableció en ella
una población judía a la que proveyó de todo lo necesario para su sustento.
35 Viendo el pueblo la fidelidad de Simón y la gloria que procuraba
alcanzar para su nación, le nombró su hegumeno y sumo sacerdote por
todos los servicios que había prestado, por la justicia y fidelidad que había
guardado a su nación y por sus esfuerzos de toda clase por exaltar
a su
pueblo.
36 En sus días se consiguió felizmente por su medio exterminar a los
gentiles de su país y a los que se encontraban en la Ciudad de David, en
Jerusalén, donde se habían hecho una Ciudadela desde la que hacían salidas
y mancillaban los alrededores del Lugar Santo causando graves ultrajes a su
santidad.
37 Estableció en ella guerreros judíos, la fortificó para defensa de la
región y de la ciudad y dio mayor altura a las murallas de Jerusalén.
38 En consecuencia, el rey Demetrio le concedió el sumo sacerdocio,
39 le contó en el número de sus amigos y le colmó de honores,
40 pues había sabido que los romanos llamaban a los judíos amigos,
aliados y hermanos, que habían recibido con honor a los embajadores de
Simón
41 y que a los judíos y a los sacerdotes les había parecido bien que
fuese Simón su hegumeno y sumo sacerdote para siempre hasta que
apareciera un profeta digno de fe,
42 y también que fuese su estratega, que estuviese a su cuidado
designar los encargados de las obras del Lugar Santo, de la administración
del país, de los armamentos y de las plazas fuertes
43 (que estuviese a su cuidado el Lugar Santo), que todos
le
obedeciesen, que se redactasen en su nombre todos los documentos en el
país, que vistiese de púrpura y llevase adornos de oro.
44 A nadie del pueblo ni de los sacerdotes le estará permitido
rechazar ninguna de estas disposiciones, ni contradecir sus órdenes,
ni
convocar en el país asambleas sin contar con él, ni vestir de
púrpura, ni
llevar fíbula de oro.
45 Todo aquel que obre contrariamente a estas decisiones o anule
alguna de ellas, será reo.